Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1887 (Cortes de 1886 a 1890)
Sesión: 2 de marzo de 1887
Cámara: Congreso de los diputados
Discurso / Réplica: Réplica al Sr. González
Número y páginas del Diario de Sesiones: 35, 896
Tema: Derecho de asociación

No teman los Sres. Diputados que les moleste por mucho tiempo, voy a ser muy breve; pero creo que los dos campeones que han tomado parte en este debate, bien merecen que el Gobierno diga algo, siquiera para felicitar al uno por lo bien que ha defendido el dictamen de la Comisión, y al otro por lo felizmente que ha sustentado el voto particular.

Es el voto del Sr. González el mantenimiento de uno de los artículos del proyecto de ley de asociaciones presentado al Congreso por el Gobierno de S. M.; y no sólo es esto, sino que es, en realidad, o poco más o menos, igual a otro artículo que yo consigné el año 1868 en un decreto que tuve la honra de firmar como Ministro de la Gobernación, y en este concepto, claro está que yo no puedo ver ahora en el acto del Sr. González, ni creo que lo veré nunca, un disentimiento, sino que, por el contrario, debo estar agradecido a S.S. por la galanura, por la brillantez con que ha defendido aquel artículo de mi decreto del año 68, de hace cerca de veinte años.

Pero, Sres. Diputados, lo que yo entendía de absoluta necesidad hace veinte años, sobre todo, porque La Internacional estaba potentísima, no lo creo en la actualidad tan necesario como para insistir en que siga hoy ese artículo, y para que no pueda acceder a los deseos de la mayoría de la Comisión y a las aspiraciones que he observado en diferentes lados de la Cámara.

Yo declaro que lo mismo cuando se consignó el artículo en aquel decreto del año 1868, que cuando se ha consignado por el Ministerio anterior en el proyecto de ley de asociaciones, lo consideramos como un resorte de gobierno contra ciertas asociaciones que, sobre todo en la época a que he aludido, estaban en constante rebeldía, no sólo contra los Gobiernos, sino contra las instituciones liberales; pero francamente, ni entonces nos preocupamos, ni ahora nos hemos preocupado, al consignar este resorte de gobierno, de las asociaciones religiosas. Yo entendí entonces, como entiendo ahora, que el Estado tiene siempre tiempo y medio para impedir la invasión ilegítima de esas asociaciones, y, en caso necesario, Sres. Diputados, leyes especiales deben poner el debido correctivo, como se ha hecho en Italia, y como se ha imitado en otros países, a los abusos que esas asociaciones pudieran cometer.

Ahora bien, Sres. Diputados; las asociaciones que estaban en perpetua rebeldía contra todo lo que fuera liberal, afortunadamente para la libertad ya no existen. Tales raíces y tan extensas han echado las instituciones liberales, que si quedasen algunas de esas asociaciones que no fueron muy amigas de la libertad, se las ha considerado ya vencidas, y están hoy resignadas. Aquella rebeldía ha desaparecido; aquellas asociaciones podemos considerar que no existen hoy; y en cuanto a La Internacional no hay por qué hablar de ella supuesto que aquí y en todas partes está dentro del Código penal.

Yo creo que no hay peligro en aplicar la ley común a todas las asociaciones, fuera de aquellas que deben su existencia a leyes especiales; la ley común, que, completada con el Código penal, puede ofrecer al Estado garantías tan eficaces para su defensa como la misma excepción que creía el Sr. González, como yo la creí antes, de absoluta necesidad. Y cuando no hay peligro ninguno, al menos yo no lo veo, que aconseje la excepción, ni necesidad presente que la justifique, ¿por qué nos hemos de empeñar en hacer leyes de excepción que, al fin y al cabo, aún cuando sean necesarias en circunstancias dadas, siempre son antipáticas y, sobre todo, las rechaza el carácter, la tendencia y el espíritu del liberalismo moderno? Y si podemos satisfacer sin peligro alguno para el Estado los deseos de la mayoría de los amigos de la Comisión y las aspiraciones de diferentes lados de la Cámara, y armonizar así más opiniones, para hacer, no una ley de excepción, que las excepciones siempre repugnan, sino una ley más conforme con el espíritu moderno ¿por qué no lo hemos de hacer?

Yo creo que para ello no puede haber ningún inconveniente; y estas son las razones que ha tenido el Gobierno para acceder a los deseos de la mayoría de la Comisión y de Diputados de muchos lados de la Cámara; estas mismas son las que tengo para suplicar a mi queridísimo amigo el Sr. González, que después que ha salvado con tanta lucidez y defendido con tanto tesón sus doctrinas en este asunto, retire su voto particular y entremos ya en la discusión del dictamen. Hágalo S.S. en gracia de la mayor armonía que el dictamen de la Comisión puede producir entre todos los elementos políticos y entre aquellos partidos que contribuyen a la gobernación del Estado, hoy en la oposición y mañana en el poder. (Aprobación). [896]



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